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PROPIEDAD

¿Se transfieren los derechos de autor con los NFT?

THE SHORT ANSWER

No, la compra de un NFT no implica la transferencia automática de los derechos de autor de la obra de arte o el archivo subyacente. Lo que se transfiere es la propiedad de un token de cadena de bloques que hace referencia a la obra, de forma similar a lo que supone poseer una impresión numerada, a menos que los términos del contrato inteligente o un acuerdo escrito independiente cedan explícitamente los derechos de autor al comprador.

En qué consiste realmente un NFT, desde el punto de vista jurídico

Un token no fungible es una entrada única en una cadena de bloques que, por lo general, remite a un archivo o a unos metadatos, y que funciona como certificado de propiedad de ese token concreto. Se asemeja más a poseer una copia impresa, firmada y numerada de una fotografía que a poseer los derechos de autor de dicha fotografía. Por lo general, el creador sigue siendo titular de los derechos de autor subyacentes, incluido el derecho a reproducir, exhibir y crear nuevas obras a partir del original, a menos que haya cedido expresamente dichos derechos.

Dónde residen los derechos reales

Los derechos que se conceden con un NFT, en su caso, se recogen en las condiciones de uso del mercado o en un documento de licencia independiente al que se hace referencia en el token o que se adjunta al mismo, y no en la propia transacción de la cadena de bloques. Históricamente, los principales mercados de NFT han concedido a los compradores una licencia personal y no exclusiva para exhibir y revender el token, al tiempo que se reservan explícitamente los derechos de reproducción comercial y los derechos de autor subyacentes al creador. Algunas colecciones sí conceden derechos comerciales más amplios, pero esto varía de una colección a otra y debe consultarse en los términos de la licencia del proyecto específico, en lugar de darse por sentado.

El documento que, de hecho, transferiría los derechos de autor

Para que una venta de NFT implique la cesión de los derechos de autor, es necesario que vaya acompañada de una cesión por escrito, ya sea incluida en los términos legales a los que hace referencia el contrato inteligente o en forma de documento firmado independiente, en la que se indique que los derechos de autor se ceden al titular del token, y no simplemente que se transfiere el propio token. A falta de esa formulación explícita, un tribunal considerará la venta como una transacción de token y licencia, y no como una transferencia de derechos de autor, aplicando las mismas normas por defecto que rigen cualquier otra venta de una copia física o bajo licencia.

Conflictos habituales

Los compradores han presentado demandas o reclamaciones tras descubrir que su compra de NFT no incluía los derechos de comercialización que suponían que conllevaba. Los creadores también se han enfrentado a disputas en las que las condiciones estándar de una plataforma concedían a los compradores más derechos de los que el creador tenía la intención de otorgar, debido a que este no había leído el texto de la licencia predeterminada del mercado antes de acuñar el NFT.

KEY FACTS

  • 01Por defecto, un NFT transfiere un token, no los derechos de autor.
  • 02Los derechos, en caso de concederse, se definen en las condiciones de uso del mercado o en un documento de licencia independiente.
  • 03Históricamente, muchas de las principales plataformas de venta en línea han limitado los derechos de los compradores al uso personal y a la reventa.
  • 04La transferencia de derechos de autor requiere una cláusula de cesión explícita, no basta con una simple transacción en la cadena de bloques.
  • 05Los creadores deben leer atentamente las condiciones de la licencia predeterminada de cada mercado antes de acuñar, ya que estas varían según la plataforma.

FAQ

Si compro un NFT, ¿puedo imprimir y vender productos con esa imagen?

Solo si las condiciones específicas de la licencia asociadas a dicha recopilación otorgan derechos de comercialización; la mayoría de las condiciones predeterminadas no lo hacen.

¿Le confiere algún derecho el hecho de acuñar un NFT a partir de la obra de arte de otra persona?

No, y acuñar la obra protegida por derechos de autor de otra persona sin permiso constituye una infracción de los derechos de autor, independientemente de la transacción en la cadena de bloques.

¿Puede un contrato inteligente, por sí mismo, ceder legalmente los derechos de autor?

Puede hacer referencia o incorporar condiciones de licencia que, si están debidamente redactadas y son exigibles, funcionen como una cesión; sin embargo, el código por sí solo no constituye automáticamente una transferencia jurídica válida en todos los ámbitos.

¿Las regalías que se pagan por la reventa de NFT están relacionadas con los derechos de autor?

No, las regalías por reventa son una característica técnica del mercado mediante la cual se abona al creador original un porcentaje de las ventas secundarias; no guardan relación alguna con la titularidad de los derechos de autor.

LAST REVIEWED 01 ago 2026 · ESPAÑOL